Ley 9/2025, de 3 de diciembre de Movilidad Sostenible

La ley de movilidad sostenible  fue publicada en el BOE el 4 de diciembre de 2025, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

Establece en su Artículo 26. Planes de movilidad sostenible al trabajo, que en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, las empresas  deberán disponer de planes de movilidad sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno cuyo centro de trabajo habitual sea dicho centro de actividad.

Las empresas con 200 o más empleados (o 100 trabajadores por turno) estarán obligadas a desarrollar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo, una medida clave para reducir el impacto ambiental del transporte laboral. Este plan debe incluir tanto un diagnóstico detallado de la movilidad actual de los empleados como una serie de medidas concretas para fomentar el uso de medios de transporte sostenibles.

Por ello, el objeto de este curso es conocer las obligaciones que establece la ley al respecto, y conocer las bases para el diseño de un plan de movilidad sostenible al trabajo.